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*LOS DESENCUENTROS DE ALFREDO Y RAÚL.
*LA DENUNCIA DE RAÚL MORÓN.
*¿QUÉ BUSCA CON SU DENUNCIA MORÓN?
*RECOMENDACIÓN DE CIDH MANCHARÍA GOBIERNO DE BEDOLLA.
*ÁLVAREZ BANDERAS APELA RESCISIÓN CONTRACTUAL.
En los círculos cercanos de RAÚL MORÓN OROZCO y ALFREDO RAMÍREZ BEDOLLA no dejan de
sorprender los reiterados desencuentros entre ambos personajes, por las grandes diferencias en las
formas de ver, percibir y planificar lo que se debe de hacer en los tiempos previos a la potencial toma
de posesión del candidato ganador de la elección a gobernador del estado.
Si en la integración del “equipo de campaña” se dio el primer encontronazo en serio entre BEDOLLA Y
MORÓN, lo que siguió fueron permanente escaramuzas al decidir el candidato, sustituir a personajes
de confianza del ex candidato y poner a los de su propia confianza, destacando CARLOS TORRES PIÑA
como la gran manzana de la discordia.
La segunda gran discrepancia entre estos personajes morenistas, fue la integración del denominado
“Equipo de Transición” que encabeza ISIDORO RUÍZ ARGAÍZ y sus cuates del CEMIDE, en el entendido
de que dicho equipo debe de ser eminentemente “técnico” y que ahí, los grillos de MORENA nada tiene
que hacer, fundacionales o no.
Tal determinación -la de integrar el equipo de transición- no solo molestó a MORÓN y su pandilla, léase
EL JAROCHO, REYES CORSARI y compañía, sino que también a los grupos de presión que inciden en la
vida interna de MORENA, como los llamados “Morenos de Corazón” y los autodenominados “Bases
Morenistas”, entre otros más, lo que llevó a RAMÍREZ BEDOLLA a incluirlos, aunque su presencia en
dicha comisión fuera solo testimonial.
Pero lo que al parecer hasta el COVID19 le provocó a ALFREDO RAMÍREZ BEDOLLA, fue la determinación
de RAÚL MORÓN de acudir ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos a denunciar la
vulneración de sus derechos constitucionales al restringir que fuera candidato a la Gubernatura de
Michoacán.
Y es que, para el candidato ganador de la elección a gobernador, las presiones y preocupaciones no
dejan de brotar, a pesar de que con la impugnación de la elección de gobernador del estado ejercida
por sus adversarios tiene para dar y prestar, los reclamos de quienes se sienten derechosos de cargos
en la administración pública por que aportaron dinero o trabajo y ahora la denuncia del profesor
MORÓN.
LA DENUNCIA DE RAÚL MORÓN.
Este martes por la mañana, en una conferencia de prensa citada exprofeso en la Ciudad de México,
ante medios de comunicación nacional e internacional, el profesor RAÚL MORÓN ORÓZCO dio a
conocer que interpuso una denuncia ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, por la
vulneración de sus derechos constitucionales al restringir que fuera candidato a la Gubernatura de
Michoacán.
Según MORÓN ORÓZCO, Los derechos humanos que le fueron violentados, por parte de las
instituciones electorales, y que están consagrados en la Convención Americana sobre Derechos
Humanos o Pacto de San José, son:
a) el derecho político electoral a ser votado (art. 23)
b) el derecho a las garantías judiciales (art. 8)
c) el derecho de igualdad ante la ley (art. 24); y
d) el derecho a la protección judicial (art. 25), todos en relación con los artículos 1 y 2 de la
Convención firmada por México.
¿QUÉ BUSCA CON SU DENUNCIA MORÓN?
En la misma conferencia de prensa, el ahora ex candidato a gobernador y sancionado por las
autoridades jurisdiccionales facultadas para ello, señaló que con su denuncia busca que la Comisión
decida si el Estado es o no responsable por las violaciones cometidas. De llegar a considerar
responsabilidad del Estado, emitirá un informe de fondo que incluirá recomendaciones. Si el Estado
incumple las recomendaciones, la Comisión someterá el caso a la Corte Interamericana a efecto de que
emita sentencia.
De igual manera, RAÚL MORÓN externó cuáles serían los efectos de una resolución emitida por la
Comisión Interamericana de Derechos Humanos:
1. Instruir al estado mexicano para que realice las reformas legales a la LEGIPE para armonizarlas a lo
que establece el artículo 23 del Pacto de San José.
2. Publicar en diarios de mayor circulación y sitios web, la resolución que emita la Comisión
Interamericana en el presente caso.
3. Borrar de todo archivo la resolución violatoria de derechos humanos, para que no aparezca en la
historia de vida de mi persona, a fin de que esto no pueda considerarse en mi perjuicio.
RECOMENDACIÓN DE CIDH MANCHARÍA GOBIERNO DE BEDOLLA.
Nadie con un mínimo de inteligencia y razonamiento puede negar que el profesor RAÚL MORÓN
ORÓZCO tiene todo el derecho de interponer una denuncia ante la Comisión Interamericana de
derechos Humanos y en cuanta instancia considere pertinente, siempre y cuando ésta sea legal, sin
embargo, habría que considerar su pertinencia.
En opinión de este columnista, una eventual recomendación de este organismo internacional de
derechos humanos, en los términos planteados por el profesor MORÓN, provocaría de facto, que la
designación de ALFREDO RAMÍREZ BEDOLLA como candidato a gobernador del estado postulado por el
partido Movimiento de regeneración Nacional sea ilegítima.
En efecto, una designación que es consecuencia de múltiples violaciones a los derechos humanos del
profesor RAÚL MORÓN ORÓZCO podrá ser legal, pero no legítima, pues la vulneración de sus derechos
humanos, como lo resolvería la CIDH, inferiría que fue privado de una candidatura para que de forma
ilegítima se le otorgara a ALFREDO RAMÍREZ BEDOLLA, de manera que, en consecuencia, su gobierno
también tendría un origen ilegítimo.
ÁLVAREZ BANDERAS APELA RESCISIÓN CONTRACTUAL.
Después de que la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo, por conducto de su abogado
general notificara al DR. JORGE ÁLVAREZ BANDERAS la rescisión de su relación contractual con esa casa
de estudios, éste acudió al recurso de apelación mediante escrito entregado, tanto en la oficina del
abogado general como en la rectoría el pasado 28 de junio de la presente anualidad.
En su escrito, el DR ÁLVAREZ BANDERA señala que la rescisión apelada, se emitió en la ilegalidad, pues
no se surtieron los elementos procedimentales que corresponden y que señala la legislación
universitaria, la Ley federal del Trabajo y la Constitución Política de los Estado Unidos mexicanos, toda
vez que fue emitida por una instancia que carece de las facultades legales para investigar y sancionar
al personal académico universitario.
En efecto, la sanción impuesta al DR. JORGE ÁLVAREZ BANDERA, consistente en la rescisión de su
relación contractual con la Universidad Michoacana, fue substanciada por el abogado general de la
universidad, cuando la legislación de nuestra máxima casa de estudios establece con claridad que debe
de iniciar tal substanciación la autoridad de la escuela o facultad donde hayan sucedido los hechos
considerados como posible falta.
Que realizado lo condicente por la autoridad responsable de la substanciación, si lo hechos investigado
resultaren calificados como de “falta grave”, debiera de darse vista a la Comisión del Tribunal
Universitario, para que este órgano colegiado resuelva en consecuencia, a más de que por tratarse de
un profesor universitario, debió de darse el acompañamiento de un representante del sindicato al que
pertenece el presunto responsable, lo que no sucedió.
Ahora bien, independientemente de si los hechos de que se acusa al DR. JORGE ÁLVAREZ BANDERAS
son ciertos o no, lo que si extraña es que siendo la universidad una institución en donde se enseña y
cultiva el derecho, no se hayan respetado los elementos esenciales del procedimiento sancionador, lo
que infiere que dicha sanción quedará sin efecto, por violaciones al debido proceso.
Este jueves 30 de junio a las 2 de la tarde, en el programa Face Live “La Pedrada”, tendremos una
entrevista en vivo con el DR. JORGE ÁLVAREZ BANDERAS, a quien sin el debido y justo proceso se le ha
denostado, enjuiciado y sentenciado, por lo que trataremos de averiguar qué fue lo que realmente
pasó en este capítulo de la vida de nuestra universidad, será interesante conocer esta historia.