Definición
Según el glosario de ciberseguridad del gobierno de Australia del Sur, es el acto mediante el cual una fotografía digital sexualmente explícita que una persona se toma a sí misma es enviada a otra persona como un MMS por medio del teléfono móvil.
1. Riesgo de exposición a pederastas y otros acosadores o chantajistas
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Un/a menor que se fotografía en actitudes sexuales puede sugerir una precocidad sexual a ciertas personas a las cuales les llegue la fotografía o vídeo, y provocar el deseo de un encuentro lo que implica un posible abuso o corrupción del/a menor o exponerles a un chantaje de tipo sexual relacionado con el denominado grooming. Los menores y también los adultos que practican sexting corren el riesgo de que dichas imágenes acaben siendo usadas para una sextorsión por parte de sus destinatarios o de terceras personas que se hagan con las mismas por diversos métodos (acceso ilegal al ordenador, al teléfono móvil por Bluetooth, etc.). El peligro se multiplica si junto a las imágenes se publican datos personales o incluso se asocian a perfiles en redes sociales, como sucede cada vez con más frecuencia. Este tipo de riesgo ha sido recalcado en un informe recientemente publicado por UNICEF.
2. Responsabilidad penal
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La imagen de una persona está protegida por la Constitución y por leyes como la Ley de Protección de Datos o el Código Penal; así, por ejemplo, un reenvío de una foto de sexting podría considerarse delito de revelación de secreto. Además, ciertas imágenes producidas o trasmitidas por menores podrían ser consideradas pornografía infantil y derivar consecuencias penales. En los Estados Unidos ya ha habido sentencias que condenan a menores por esta cuestión o por otras vinculadas, como explotación de menores, ya que la cuestión de agrava cuando se graban y difunden imágenes de otros menores. Según una Directiva europea de 2011 existirá también agravamiento si se ha realizado pago por el envío de las imágenes; dicha Directiva también especifica en qué casos podría ser lícito el envío consentido de sexting entre menores, aunque lo deja mayormente a las legislaciones de cada país. Recomendamos ampliar información en e-Legales, nuestro web de referencia sobre las implicaciones legales de las actividades online de los menores y en los casos legales relacionados con el sexting que incluimos en este mismo web.
3. Riesgos psicológicos y sociales
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Una persona cuya imagen o vídeo erótico es distribuido sin control puede verse humillada públicamente y acosada (ciberbullying si es entre menores), y sufrir graves trastornos a causa de ello. Ya se ha producido al menos un caso de suicidio originado en el sexting y muchos casos de ansiedad, depresión, pérdida de autoestima, trauma, humillación, aislamiento social, etc. Algunos expertos sostienen que el riesgo social es mayor en localidades pequeñas. Se conocen casos de adolescentes que han tenido que dejar el instituto o incluso mudarse a otro lugar a causa de la difusión de estas imágenes y de jóvenes a quienes un sexting del pasado les ha costado su empleo. Según un estudio publicado en la revista Pediatrics sobre el sexting entre los menores estadounidenses, el 21% de los que había practicado sexting activo y 25% entre los que recibieron sexting (pasivo) habían acabado sintiéndose muy molestos, avergonzados o atemorizados. Hay incluso quien advirte de los riesgos a nivel neurólogico por la simple práctica del sexting. Las repercusiones psicológicas pueden verse agravadas si existe sextorsión a partir de las fotos o vídeos de sexting.