Por Armando Saavedra Magaña
*¡POR FIN! RECULA MEMO CAHUAMAS. SI A LA ALIANZA.
*CONGRESO, HISTORIA DE ILEGALIDAD, CAPÍTULO SIGUIENTE…
*FALSAMENTE DIPUTADOS ATRIBUYEN A JUEZ CONCEPTOS.
*DEBE PREVALECER LA LEY DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR.
*PRD, SE REGISTRAN ASPIRANTES A CANDIDATO AL SENADO.
No sé sí fue producto de una profunda reflexión o porque su patrón ALEJANDRO MORENO CÁRDENAS
alias “ALITO” le jaló las orejas, pero como sea, lo importante es que, el dirigente estatal del Partido
Revolucionario Institucional “MEMO” CAHUAMAS ya reculó en sostener un pleito de callejón con las
dirigencias partidarias del PAN y del PRD.
“El PRI va más allá de personas y está abierto al diálogo” espetó el dirigente tricolor a través de sus
redes sociales mediante un largo “post” en el que agregó que “En congruencia por un bien mayor”, era
necesario dar vuelta a la página en el tema de la ilegalidad o no de la designación del nuevo auditor
superior de Michoacán, el que, enfatizó, “ha lastimado, indudablemente, el diálogo entre las fuerzas
que podemos y debemos conformar la coalición en la entidad”.
“MEMO CAHUAMAS” señala en su libelo publicado en las redes sociales que, a pesar de tener la razón
-en el pleito- renuncia a ella como un acto de “humildad” poniendo los intereses de Michoacán por
encima de intereses personales. No hombre, un dechado de virtudes declina a su actitud rijosa para en
su lugar “convocar a diálogos constructivos, para una alianza fuerte”.
Será melón o será sandía, pero lo relevante de esto es que el dirigente priista decidió enterrar el hacha
de guerra para ahora, tratar de construir la alianza o coalición partidaria, sin embargo, habrá que ver si
lo hace a tiempo, pues mientras en otros procesos electorales a estas alturas ya estaban firmados los
convenios de coalición ante la autoridad electoral, hoy apenas iniciarían su construcción y el 13 de
enero del 2024, fenece el término para registrar coaliciones.
Finalmente, habrá que ver y observar la reacción del “contratista” que encargó que reventaran la
alianza o coalición al precio que fuera, pues se sabe de la existencia de pingues anticipos, los que,
inferimos, se deberán de regresar, a menos que, sean declaraciones fachada y en los 26 días que faltan
para el registro de las coaliciones, se justifique que el tiempo no alcanzó para construir dicha coalición
o aparezca por ahí, algún actor político que insista en que los partidos pueden ir solos a la contienda.
Ya veremos dijo el ciego…
CONGRESO, HISTORIA DE ILEGALIDAD, CAPÍTULO SIGUIENTE…
En efecto, los diputados integrantes de la comisión inspectora de la auditoria superior del congreso del
estado, emitió el dictamen en el que, por una parte, dejan sin efectos el contenido del decreto
legislativo 461 para con ello cumplir con la sentencia, emitida por una juez federal, en la que se otorga
la suspensión definitiva al hoy ex auditor superior de Michoacán MIGUEL ÁNGEL AGUIRRE
ABELLANEDA.
La suspensión de referencia, señala con claridad lo siguiente: “se concede a la parte quejosa, la
suspensión definitiva para el efecto de que las cosas se mantengan en el estado que actualmente
guardan y sin paralizar el trámite de la convocatoria, para designar a un nuevo Auditor Superior del
Estado de Michoacán se abstenga de designarlo y tomarle la protesta correspondiente, lo anterior,
hasta que reciba la notificación de que causó ejecutoria la sentencia que se llegue a emitir dentro del
juicio principal.”
La sentencia referida, señala como ya se apuntó muy claramente, las expresiones: “se abstenga de
designarlo y tomarle la protesta correspondiente”, luego entonces, hay un asunto de interpretación,
pues se hace necesario aclarar a los señores diputados integrantes de la comisión inspectora de la
auditoria superior del congreso del estado, qué se entiende por el concepto “designarlo”, concepto
que al parecer no entienden.
Inclusive en la misma interlocutoria, la juez de distrito señala: “se concede a la parte quejosa, la
suspensión definitiva para el efecto de que las cosas se mantengan en el estado en que actualmente
guardan y sin paralizar el tramite de la convocatoria para designar a un nuevo auditor superior del
estado de Michoacán, se abstenga…” Es decir, podían ejecutar todas las etapas de la convocatoria,
incluyendo la integración de la terna, ¡¡¡pero NO DESIGNARLO!!! No pueden votarlo y mucho menos
tomarle protesta.
FALSAMENTE DIPUTADOS ATRIBUYEN A JUEZ CONCEPTOS.
Un funcionario de muy alto nivel dijo a este columnista que las ilegalidades en el congreso, se estaban
haciendo intencionalmente, “pues a la mejor pegan” espetó para justificar lo que mandan a hacer a los
diputados, agregando que en varias ocasiones así ha pasado, que han votado cosas con ilegalidades y
nadie se da cuenta y se hacen legales con los decretos no impugnados.
Lo anterior, de ser cierto, es lo que justificaría el que los diputados integrantes de la comisión inspectora
de la auditoria superior del congreso, GLORIA DEL CARMEN TAPIA (PRI), SEYRA ANAHÍ ALEMÁN
SIERRA(MORENA), ROBERTO REYES COSARI (MORENA), CÉSAR ENRIQUE PALAFOX (PAN)y MARÍA
GUADALUPE DÍAZ CHAGOLLA (PRD), emitan un dictamen con proyecto de decreto para dar
cumplimiento a lo ordenado por la juez de distrito, totalmente ilegal.
Para “fundar” la ilegalidad del dictamen emitido y firmado por los diputados antes citados, atribuyen a
la señora juez de distrito palabras y conceptos que nunca dijo y mucho menos ordenó, sin embargo,
los legisladores de la comisión inspectora, se los ATRIBUYERON, como sí ella fuera autora de los
mismos, cuando lo que hizo, fue citar literalmente conceptos del “acuerdo” tomado por la Junta de
Coordinación Política, la que ilegalmente pretendió dar cumplimiento a la sentencia.
Si, como se aprecia en el texto del dictamen referido, los diputados firmantes de este dictamen señalan
en el mismo lo siguiente: “Se deja sin efectos el Decreto número 461 publicado en el Periódico Oficial
del Gobierno del Estado de Michoacán, el Dieciocho de Octubre de dos mil veintitrés, desde la toma de
protesta hecha al C. Marco Antonio Bravo Pantoja, en los términos del presente Decreto y atendiendo
al mandato expreso de la juez que a la letra señala…
En el recuadro de la grafica anterior, se encuentra el texto referido atribuido a la juez cuarto de distrito
en el estado, lo cual es inexacto, pero que los legisladores toman como expresiones y conceptos dichos
por la juzgadora en su texto de sentencia, para con ello, no solo dar por cumplido lo ordenado, sino
que se atribuyen la facultad de designar al señor BRAVO PANTOJA como auditor superior interino,
figura que no existe en la ley.
Es tan grave el hecho de que se le atribuya a la juez cuarto de distrito dichos conceptos, que los
integrantes de la comisión inspectora los toman como base para la designación de BRAVO PANTOJA,
pues señalan que la juez así dispuso: “En tato se mantiene la designación del C. Marco Antonio Bravo
Pantoja como Auditor Superior de Michoacán electo, quien continuará al frente de la Auditoria Superior
de Michoacán de manera temporal y con carácter de interino conforme a la resolución incidental que
motiva el presente Decreto, reservándose su toma de protesta como titular”.
DEBE PREVALECER LA LEY DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR.
En efecto, en concepto de este columnista y de varios especialistas consultados, los señores diputados
deberían, en cumplimiento a lo ordenado por la juez cuarto de distrito en el estado, en su sentencia de
suspensión definitiva y de los subsecuentes incidentes por defecto en el cumplimiento de la suspensión
definitiva, solamente declarar sin efectos el decreto 461, hasta antes de designar nuevo auditor
superior de Michoacán mediante elección en el pleno de los diputados.
Y en consecuencia a lo anterior, estarse en lo que dispone para el efecto la Ley de Fiscalización Superior
y Rendición de Cuentas del Estado de Michoacán de Ocampo, particularmente en lo que señala el
artículo 11 que regula el procedimiento a seguir cuando haya ausencias temporales o definitivas del
Auditor Superior de Michoacán.
Finalmente, es claro que el texto del dictamen firmado por los integrantes de la comisión inspectora
de la auditoria superior incurre en graves ilegalidades, de manera que al ser puesto a consideración del
pleno de los 40 diputados, deberá ser rechazado votando en contra, por su notable improcedencia por
contener ilegalidades, de manera que veremos como actúan los diputados del bloque opositor, es
decir, los legisladores del PAN, PRI, PRD, PES y MC, lo contrario, indicaría que sigue el comercio del voto
de los legisladores.
EN EL PRD SE REGISTRAN ASPIRANTES A CANDIDATO AL SENADO.
Pues a consecuencia de la convocatoria expedida y publicada por el comité ejecutivo nacional del
Partido de la Revolución Democrática, este domingo por la mañana, la presidenta municipal de
Salvador Escalante, cuya cabecera municipal es la conocidísima Santa Clara del Cobre, ARACELY
SAUCEDO REYES, se registró como aspirante a la candidatura al senado de la república.
En los pasillos del partido del Sol Azteca no todo era felicidad durante el registro de la presidenta
municipal, pues militante de ese partido criticaron agriamente que el dirigente estatal OCTAVIO
OCAMPO CÓRDOVA estuviera levantándole la mano a la aspirante al senado, pues él es parte del
árbitro y no de be de dar motivo para cargadas o falsos mensajes.
Durante este lunes y el martes próximo, se espera que haya más registros, inclusive este lunes por la
mañana, el senador encueratríz medio hermano de Silvano se registrará como aspirante a la reelección,
más tarde se daría el registro de los diputados PACO HUACUZ y MAURICIO PRIETO, así como las
diputadas JULIETA GALLARDO y EDNA DÍAZ ACEVEDO, a más de la regidora MINERVA BAUTISTA, pues
se dice que no es definitivo que sea mujer la candidata y que obligadamente sea del PRD, puede ser de
otro partido.