y obtener el holograma cero…. La cifra de amparos para que autos con más de 10 años de antigüedad puedan obtener el holograma cero sigue aumentando.
Una ciudadana ganó una suspensión definitiva para poder verificar su automóvil y obtener el holograma cero, si cumple con los niveles de emisiones, aunque el vehículo no cuente con el Sistema de Diagnóstico Abordo (OBD, por sus siglas en inglés).
Con este ya son al menos dos suspensiones contra la norma de verificación vehicular en lo que va del 2017.
La primera suspensión fue otorgada a alumnos de la Universidad de las Américas, en la Ciudad de México lograron que un automóvil Jaguar, modelo 2004, obtuviera el holograma cero a pesar de que dicho vehículo carece del Sistema de Diagnóstico a Bordo (SDB), que analiza los niveles contaminantes de un automóvil.
El Décimo Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa concedió la suspensión a Marisol Martínez Reyes el pasado 24 de febrero para que pueda obtener el holograma cero y circular todos los días, si su vehículo pasa la prueba dinámica en el verificentro.
La resolución de la justicia detalla que esto no significa que la ciudadana obtenga automáticamente el holograma cero o algún otro, pero especifica que el modelo (año) al que pertenezca su vehículo no puede ser condicionante para otorgarle el holograma que le corresponda,
“Sino únicamente implica que, si cumple con las especificaciones de los niveles de emisión señalados en el propio Programa para obtener determinado holograma, el año modelo de su vehículo no sea impedimento para que éste le sea asignado”, señala la sentencia pública.
De acuerdo con el Programa de Verificación Vehicular Obligatoria para el segundo semestre del año 2016, los autos que tengan holograma “0” o que busquen obtenerlo por primera vez deberán someterse a la verificación a través de Sistema de Diagnóstico a Bordo (SDB) que revisa cinco monitores dentro del vehículo y segundo, la prueba dinámica, que mide los gases emitidos a través del escape.
En la sentencia se retoma la tesis 88/2015 resuelta por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la que se concede la suspensión contra los efectos y consecuencias de establecer el año modelo del vehículo como factor para determinar las limitaciones a la circulación a que estará sujeto según el programa de verificación vehicular obligatoria para la Ciudad de México.